lunes, 15 de febrero de 2016

ORIGEN Y FUNCIONES DE LA CÁMARA DE COMERCIO EN COLOMBIA




          CÁMARAS DE COMERCIO








Las Cámaras de comercio aunque desconocidas para algunos, son de gran ayuda a la hora de ser empresario, prestan un gran servicio a la comunidad, si usted es un emprendedor y necesita ayuda o quiere buscar información al respecto a continuación expondremos el origen de las cámaras de comercio en Colombia, sus funciones según el Código de Comercio Colombiano y los servicios que presta.


HISTORIA DE LAS CÁMARAS DE COMERCIO

Las cámaras de comercio surgieron como parte del movimiento europeo de organización corporativa burguesa. La primera de ellas se estableció en la ciudad de Marsella, en Francia, en el año de 1599. Ante su éxito para solucionar los problemas del comercio, Luis XIV, en 1700, ordenó que cada centro francés estableciera una cámara de comercio. Posteriormente, preocupado por el poder y preponderancia que estaban consiguiendo estas instituciones, Luis XVI ordenó suprimirlas. Mientras esto pasaba, ciudades de Inglaterra e Irlanda habían establecido ya sus propias cámaras de comercio.
En América, las primeras, surgieron en 1768 en Nueva York y Nueva Jersey; ya en 1870 funcionaban más de cuarenta en las principales ciudades de Estados Unidos.
En Colombia, la Asamblea de Cundinamarca, mediante la Ley 27 de 1877, a iniciativa de los comerciantes capitalinos, creó la primera cámara de comercio.  Desde ese momento, estas instituciones eran consideradas órganos consultivos del gobierno. 
Durante esta primera etapa, las cámaras de comercio se caracterizaron por ser instituciones gremiales de afiliación voluntaria, llamadas a vincular la clase social de los comerciantes con el propósito de aunar sus esfuerzos en procura del desarrollo regional y su bienestar particular.
A principios de la década de los años treinta, a través de la Ley 28 de 1931, el Gobierno Nacional delegó a las cámaras de comercio la función de administrar el registro público mercantil. A partir de entonces la naturaleza jurídica de las cámaras de comercio ha sufrido un profundo proceso de transformación, pues estas instituciones pasaron de ser simples asociaciones gremiales a tener la responsabilidad de administrar y gestionar la función pública registral, amén del cumplimiento de otras importantes funciones de interés general.

Antes de 1931 también existía el registro mercantil pero éste era administrado por los juzgados de comercio. Ellos traspasaron sus registros a cada una de las cámaras de comercio colombianas, es por esto que hoy estas instituciones son depositarias del registro de toda la actividad económica nacional.

Código de Comercio 

Artículo 86. Las Cámaras de Comercio ejercerán las siguientes funciones:


1.    Servir de órgano de los intereses generales del comercio ante el gobierno y los comerciantes mismos;

2.    Adelantar investigaciones económicas sobre aspectos o ramos específicos del comercio interior y exterior y formular recomendaciones a los organismos estatales y semioficiales encargados de la ejecución de los planes respectivos;

3.    Llevar el registro mercantil y certificar sobre los actos y documentos en él inscritos, como se prevé en este código;

4.    Dar noticia en sus boletines u órganos de publicidad de las inscripciones hechas en el registro mercantil y de toda modificación, cancelación o alteración que se haga de dichas inscripciones;

5.    Recopilar las costumbres mercantiles de los lugares correspondientes a su jurisdicción y certificar sobre la existencia de las recopiladas;

6.    Designar el árbitro o los árbitros o los amigables componedores cuando los particulares se lo soliciten;

7.    Servir de tribunales de arbitramento para resolver las diferencias que les defieran los contratantes, en cuyo caso el tribunal se integrará por todos los miembros de la junta;

8.    Prestar sus buenos oficios a los comerciantes para hacer arreglos entre acreedores y deudores, como amigables componedores;

9.   Organizar exposiciones y conferencias, editar o imprimir estudios o informes relacionados con sus objetivos;

10. Dictar su reglamento interno que deberá ser aprobado por el Superintendente de Industria y Comercio.

11. Rendir en el mes de enero de cada año un informe o memoria al Superintendente de Industria y Comercio acerca de las labores realizadas en el año anterior y su concepto sobre la situación económica de sus respectivas zonas, así como el detalle de sus ingresos y egresos.

12. Las demás que les atribuyan las leyes y el gobierno nacional.

Ademas según otros decretos expedidos por el gobierno las cámaras de comercio también están obligadas a:

-Función de emitir dictamen pericial antes de celebrarse un contrato de arrendamiento de un inmueble destinado a despachos judiciales y otras oficinas públicas.

-Función de llevar el registro de proponentes

-Función de llevar el registro de entidades sin ánimo de lucro

-Función de designar peritos

-Función de llevar el depósito de los estados financieros.

-Función de llevar el registro único empresarial de las mipymes

-Función de llevar el registro de vendedores de juegos de suerte y azar
-Función de tramitar el registro único tributario.



SERVICIOS DE LA CAMARA DE COMERCIO

-     SERVICIOS EMPRESARIALES

·       Formación Empresarial

·       Información Empresarial
·       Gobierno Corporativo
·       Charlas Cámara
·       Plan Padrino
·       Estadísticas Cámara
·       Estudios y Publicaciones
·       Creación de empresas

-     SERVICIOS REGISTRALES

·       Servicios Registro ESAL

1 comentario:

  1. Muy buen blog, presenta información precisa, organizada y muy útil, me sirvió mucho

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